El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, TJUE, condenó a España por la contaminación en Barcelona y Madrid.
Y todo se debe al incumplimiento sistemático de la norma comunitaria de calidad del aire en la capital española y en el área metropolitana de Barcelona.
De manera reiterada se han superado en estas ciudades los límites anuales de seguridad por la exposición al dióxido de nitrógeno (NO₂).
El incremento de estos límites se ha registrado en medio de aglomeraciones urbanas en zonas donde residen aproximadamente 7,5 millones de personas (un 15% de los habitantes de todo el país).
Desde 2010 de manera reiterada se han superado los límites anuales de esta sustancia nociva asociada a los vehículos de combustión.
Si bien la condena conocida hasta el momento no acarrea una sanción y de persistir el incumplimiento, hará que la Comisión Europea lleve de nuevo a España ante la justicia.
En este escenario, podrían pedir que se aplique una multa al país, tal como ha tenido que hacerlo pagando 74,85 millones de euros por no depurar bien sus aguas residuales.
La contaminación en Madrid y Barcelona
Y todo comenzó cuando en 2008 la Comisión aprobó la directiva de calidad del aire en la cual se determinaron los nuevos límites de NO₂ que no se pueden superar.
Desde que entraron en vigor estos límites en 2010, en Madrid y en los municipios del Área Metropolitana de Barcelona (incluida la capital de Cataluña y los municipios aledaños), se ha incumplido con la normativa.
De hecho, en 2015 Bruselas abrió un expediente a España por el mismo motivo, pero quedó detenido debido a que en las dos ciudades españolas se pusieron en marcha planes contra la contaminación.
Dentro de los planes implementados está la puesta en marcha de las Zonas de Bajas Emisiones. En estas áreas se restringe la entrada a los vehículos más contaminantes.
Sin embargo, cuando José Luis Martínez-Almeida (PP) ganó las elecciones en Madrid en el 2019, se anunció que se suspendían dichas zonas en esta ciudad.
Por ello, la Comisión decidió reactivar el expediente y denunciar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE, órgano que acabó de dicar sentencia condenatoria.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea analizó que durante los años 2010 y 2018, “España no veló por controlar los límites de dióxido de nitrógeno».
Adicionalmente, la TJUE indicó que:
“España no ha velado por qué los planes de calidad del aire apliquen medidas adecuadas para evitar que se superen los valores límite fijados para el NO₂”.
Si bien las competencias son municipales, el fallo en sí condena a España, que es contra la que puede actuar la Comisión directamente.
Sin embargo, de presentarse una sanción económica en el futuro, el Gobierno podría trasladar la multa a las Administraciones responsables.